Reencuentro con la nacionalidad: una herencia recuperada

Nacionalidad española por Ley de Memoria Democrática: la nueva instrucción que abre más puertas

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Índice

¿Quiénes pueden beneficiarse de la Ley de Memoria Democrática?

Desde que entró en vigor la Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022), miles de personas descendientes de españoles han encontrado una nueva vía para obtener la nacionalidad española por opción. Esta ley representa un reconocimiento histórico a quienes fueron víctimas del exilio por causas políticas, ideológicas o de persecución durante la dictadura franquista y la guerra civil española. Pero, más allá del reconocimiento simbólico, abre una puerta legal concreta para que los descendientes de esos exiliados puedan recuperar la nacionalidad de su linaje.

Esta ley corrige los vacíos y limitaciones de la Ley 52/2007 (la llamada «Ley de Nietos»), que dejó fuera a muchos solicitantes por requisitos rígidos o interpretaciones restrictivas. La Ley 20/2022, en cambio, contempla de forma más inclusiva a los hijos y nietos de españoles nacidos fuera del país, permitiéndoles acceder a la nacionalidad si prueban el vínculo y cumplen con ciertos requisitos.

Ahora bien, el marco legal no se queda estático. Para facilitar la aplicación práctica de esta ley, se emitió la Instrucción de 25 de octubre de 2022, por parte de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que despeja dudas clave para muchos solicitantes.

Las dos grandes novedades del nuevo oficio: más accesibilidad y justicia retroactiva

Aunque la Ley 20/2022 fue bien recibida, lo cierto es que su interpretación inicial dejó preguntas sin resolver, y muchas familias se encontraron con obstáculos administrativos que retrasaban o directamente bloqueaban su proceso. Por eso, la ampliación oficial de octubre 2022 representa un avance sustancial.

Esta nueva instrucción responde a dos preguntas concretas y fundamentales que habían generado incertidumbre:

1. Hijos mayores de edad pueden presentar su solicitud aunque la de su progenitor aún no haya sido resuelta.

Esta es, sin duda, una de las mayores victorias. Antes, muchos hijos mayores se veían obligados a esperar indefinidamente a que la solicitud de su padre o madre fuera aprobada para entonces iniciar la suya propia. Esto creaba retrasos injustificados, en un contexto donde los tiempos administrativos no siempre acompañan a las necesidades reales de las familias.

Con esta aclaración, ya no se necesita esperar a la resolución del progenitor. Basta con demostrar que la solicitud fue presentada. Este simple ajuste reduce los plazos y elimina una dependencia absurda, permitiendo que cada miembro de la familia actúe con autonomía, sin quedar atado al expediente del otro.

2. Las solicitudes anteriores denegadas bajo la Ley 52/2007 pueden ser reconsideradas.

Este punto es aún más significativo si cabe. Muchas personas que intentaron obtener la nacionalidad española hace años bajo la Ley 52/2007 vieron su solicitud denegada por interpretaciones excesivamente restrictivas. Otras ni siquiera obtuvieron respuesta. Ahora, este nuevo oficio permite reabrir esas solicitudes bajo el amparo de la Ley de Memoria Democrática, aplicando esta última con carácter retroactivo.

Esto significa que casos que antes no fueron considerados válidos pueden ahora prosperar si se presentan nuevamente bajo los nuevos criterios. En otras palabras: la ley se adapta a la realidad histórica y humana de miles de familias que, por años, fueron ignoradas por la burocracia.

¿Por qué esta instrucción es un cambio radical?

Porque rompe con una lógica administrativa rígida y apuesta por una interpretación más humana y justa de la ley. Durante años, muchas familias han vivido con la sensación de estar atrapadas entre plazos inciertos, requisitos confusos y denegaciones arbitrarias. Esta nueva instrucción libera ese nudo legal, simplificando procesos y ofreciendo nuevas oportunidades reales.

Además, no se trata solo de trámites. Se trata de recuperar un derecho, de reconectar con una identidad y una historia familiar que ha estado postergada. Esta ampliación normativa devuelve la esperanza a quienes creían haber perdido su última oportunidad.

Y aunque parezca una pequeña nota técnica dentro del extenso sistema legal español, lo cierto es que hablar de esto y lo beneficioso que es se queda corto. Literalmente, muchas familias ahora pueden volver a presentar su solicitud sin miedo, con base firme. Especialmente en el caso de los hijos mayores de edad, que ya no dependen del expediente de sus padres.

Cómo presentar la solicitud: documentación y pasos actualizados

El procedimiento para solicitar la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática sigue siendo administrativo, sin necesidad de residir en España. Los trámites se realizan ante los consulados correspondientes al país de residencia del solicitante. Pero hay que tener en cuenta algunas recomendaciones prácticas:

Documentación habitual:

  • Certificado literal de nacimiento del solicitante
  • Certificado de nacimiento del progenitor o abuelo/a español/a
  • Documentos que prueben el exilio o la condición de víctima (por ejemplo, pasaportes antiguos, inscripciones en consulados, documentos de salida de España)
  • Documentación que acredite la presentación de solicitud del progenitor (si aún no ha sido resuelta)
  • Declaración firmada de voluntad de optar por la nacionalidad española

Es muy importante preparar todo con claridad. Aunque la instrucción flexibiliza ciertos aspectos, los consulados siguen exigiendo un expediente bien presentado. En muchos casos, es recomendable contar con asesoría jurídica especializada, sobre todo si se trata de solicitudes reaperturadas o basadas en denegaciones previas.

Casos de solicitudes anteriores denegadas: una segunda oportunidad real

Para quienes presentaron su solicitud bajo la Ley 52/2007 y recibieron una respuesta negativa —o nunca la recibieron— esta nueva instrucción representa una segunda oportunidad concreta.

Gracias al carácter retroactivo de la Ley de Memoria Democrática, ahora pueden argumentar que su situación encaja en los nuevos supuestos. Esta posibilidad no había sido planteada con tanta claridad antes, y representa una verdadera reparación.
Lo que antes era una puerta cerrada por tecnicismos, hoy puede volver a abrirse con una base legal más sólida y más compasiva.

En este sentido, es fundamental revisar tu caso anterior, reunir de nuevo la documentación y presentar la solicitud bajo el nuevo marco jurídico, con todos los beneficios que eso implica.

Consejos prácticos si estás por iniciar el trámite de Ley de Memoria Democrática

Aquí comparto algunas recomendaciones basadas en la experiencia de cientos de personas y la lectura detallada de las instrucciones vigentes:

1. No dejes pasar el tiempo.
La Ley de Memoria Democrática tiene vigencia limitada, y aunque no se ha definido aún su cierre exacto, se sabe que el plazo no será indefinido.

2. Si eres hijo/a mayor de edad, puedes actuar YA.
No necesitas esperar la resolución de tu padre o madre. Si ellos ya han presentado su solicitud, tú puedes hacer lo mismo, justificando esa presentación.

3. Si tu solicitud fue rechazada antes, revisa los cambios.
Lo que antes fue denegado por falta de encuadre legal, hoy puede ser aprobado bajo los nuevos criterios.

4. Consulta fuentes oficiales y expertos.
Evita rumores y busca siempre asesoría actualizada. Esta instrucción del 25 de octubre de 2022 aún no ha sido divulgada de forma masiva, así que estar bien informado puede darte ventaja.

Conclusión: la nacionalidad como reparación histórica (y familiar)

La nacionalidad no es simplemente un documento legal. Es el reconocimiento de un derecho histórico, una manera de cerrar heridas generacionales y de reconectar con lo que siempre nos perteneció por sangre y memoria.

Esta nueva instrucción no es un cambio menor. Es un acto administrativo que puede transformar vidas, permitiendo que miles de personas se reencuentren con sus raíces, su ciudadanía y su identidad. Por eso digo sin dudarlo: hablar de esto y lo beneficioso que es no es exageración.

Si estás leyendo esto, quizá estás en medio del proceso, o estás pensando en empezarlo. Hazlo. No pierdas la oportunidad. La ley y la historia, por fin, están de tu lado.

📄 Descarga aquí la Instrucción oficial del 25 de octubre de 2022 sobre la Ley de Memoria Democrática

Si quieres consultar por ti mismo el documento oficial que amplía y aclara los criterios de solicitud de nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022), te dejo a continuación el enlace directo a la instrucción emitida por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

🔗 Descargar Instrucción de 25 de octubre de 2022 – PDF oficial

Este archivo incluye los puntos claves que hemos desarrollado en este artículo:

  • Cómo los hijos mayores de edad pueden iniciar el trámite sin esperar a la resolución de sus padres.
  • Qué hacer si tu solicitud fue denegada bajo la Ley 52/2007.
  • Cuáles son las vías legales para presentar nuevas solicitudes con carácter retroactivo.

Te recomiendo tenerlo a mano, imprimirlo o compartirlo con cualquier familiar o abogado que esté gestionando tu caso. La información oficial siempre es tu mejor aliada.

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